Respuesta educativa en el marco de un sistema educativo inclusivo | art. 23

Según el artículo 23 del DECRETO 77/2023, de 30 de mayo, de establecimiento del currículo de Educación Básica e implantación en la Comunidad Autónoma de Euskadi, la respuesta educativa en el marco de un sistema educativo inclusivo…

1.– En el marco de una escuela inclusiva todas las alumnas y alumnos son sujeto de la atención educativa y deben beneficiarse, en un contexto ordinario, de las medidas de respuesta a la diversidad y apoyos necesarios para garantizar el acceso a la educación y el éxito educativo en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades.

2.– Las medidas de respuesta a la diversidad deben atender a las necesidades educativas del alumnado en un entorno normalizado e inclusivo, teniendo en cuenta sus intereses, motivaciones y capacidades para el aprendizaje y deberán suponer, en cualquier caso, una vía que les permita alcanzar los objetivos de la Educación Básica y la titulación correspondiente.

3.– Se definen como medidas de respuesta a la diversidad todas aquellas actuaciones educativas destinadas a superar las barreras de acceso al aprendizaje y la participación. Se considera apoyo cualquier elemento del contexto (personal, organizativo, material o metodológico) utilizado por los y las profesionales para facilitar que la escuela responda a la diversidad del alumnado.

4.– La detección temprana de las necesidades educativas se constituye como un principio de actuación básico desde el comienzo de la escolarización y a lo largo de la Educación Básica. Todo el profesorado y el personal educativo habrá de participar activamente en la detección temprana de las barreras a la inclusión. Los programas y protocolos aprobados por el departamento competente en materia de educación tendrán carácter prescriptivo y deberán ser aplicados en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

5.– Corresponde a los centros educativos generar entornos seguros de convivencia y de aprendizaje basados en el enfoque del diseño universal para el aprendizaje, así como asegurar de manera eficaz las transiciones entre etapas y los itinerarios formativos.

   ver artículos 23-29 en DECRETO 77/2023

   ver medidas y apoyos de respuesta a la diversidad en el DECRETO 78/2024