Programa de Apoyo Intensivo para alumnado con necesidades de apoyo generalizados | art. 27

Según el artículo 27 del DECRETO 77/2023, de 30 de mayo...

1.– Este programa, de índole estructural, constituye un recurso específico de carácter extraordinario para el alumnado con necesidades educativas especiales permanentes, con un nivel grave de severidad, limitaciones funcionales importantes y cuya escolarización requiere una respuesta especializada, intensiva y personalizada.

2.– El Programa de Apoyo Intensivo atenderá al alumnado hasta los 16 años de edad. Cada alumno o alumna dispondrá de un Plan de Actuación Personalizado cuya referencia serán las competencias y habilidades adaptativas necesarias para su desarrollo personal y la adquisición de aprendizajes funcionales. Las medidas definidas en el Plan de cada alumno o alumna facilitarán la máxima participación posible en los espacios educativos comunes y tendrán en cuenta los recursos del centro escolar y de la comunidad como los principales apoyos para su progreso personal y en los aprendizajes.

Más información en al artículo 9.9 del DECRETO 78/2024